
¿Necesitas vender tu casa pero no la quieres dejar?
¿Estás buscando una forma de obtener liquidez urgente sin tener que abandonar tu vivienda? En Compramos Tu Piso Ya tenemos la solución perfecta: vender tu casa y seguir viviendo en ella como inquilino.
Adquirimos tu vivienda al contado en tan solo unos días, y en ese mismo momento firmas un contrato de alquiler que te permitirá seguir viviendo en tu casa como hasta ahora. Así, obtendrás rápidamente el dinero que necesitas sin tener que cambiar de vida, sin hacer maletas y, sobre todo, sin perder tu hogar.
Sale & Leaseback: vende y sigue viviendo en tu casa
Esta operación, conocida como Sale & Leaseback o venta con retro arrendamiento, te permite vender el piso y seguir viviendo en él como inquilino de forma legal y segura. Consiste en vender tu vivienda a un comprador, en este caso nosotros, y firmar un contrato de alquiler.
Se trata de una solución ideal para personas que necesitan capital inmediato pero quieren mantener su estabilidad residencial, sus vecinos, su barrio y su rutina diaria.
En Compramos Tu Piso Ya adquirimos pisos, casas, chalets, apartamentos y cualquier vivienda situada en España bajo esta modalidad. Así, tu cobras al contado, firmas el alquiler y sigues en tu hogar como si nada hubiera cambiado.

¿Cómo vender tu casa y seguir viviendo en ella?

El concepto: venta con alquiler garantizado
Si no conocías este concepto, debes saber que hay empresas que compran tu casa y sigues viviendo en ella como inquilino sin ningún problema, tras firmar un contrato de alquiler. Esto es lo que hacemos nosotros como compradores, a través de una sencilla operación que se ejecuta el mismo día de la firma ante notario:
- Paso 1: firmas la escritura de compraventa y recibes el dinero al contado.
- Paso 2: inmediatamente después, firmas el contrato de arrendamiento.
- Paso 3: sigues viviendo en tu casa, pagando la renta mensual acordada.
De esta forma, no hay cambio de domicilio ni mudanza, sino que lo único que cambia es la titularidad. Desde el momento de la firma, dejas de ser el propietario y pasas a ser el inquilino, sin perder tu hogar y obteniendo la liquidez que necesitas.
¿Para quién es ideal esta solución?
La opción de vender la casa y seguir viviendo en ella es perfecta si te identificas con alguna de estas situaciones:
- Necesitas liquidez urgente debido a deudas pendientes, necesidad de inversión, gastos médicos, ayuda a familiares o cualquier otro motivo.
- Quieres seguir en tu barrio y mantener tu red social y familiar.
- Quieres evitar el estrés de una mudanza.
- Estás jubilado y necesitas capital pero quieres mantener tu estabilidad residencial.
- Pasas por una mala situación económica temporal con expectativas de recuperación.
- Necesitas evitar un embargo y mantener tu hogar.
- Quieres liquidar una herencia sin desalojar al heredero que vive en la casa.
- Eres un autónomo o empresario que necesita capital para su negocio.


Ventajas de vender mi piso y quedarme de inquilino
Es posible que te preguntes: ¿qué ventajas me ofrece vender mi casa y seguir viviendo en ella como inquilino? Te las contamos:
- Liquidez inmediata sin perder tu hogar.
- Sin mudanza ni cambio de vida.
- Estabilidad garantizada con un contrato de entre 5 y 7 años.
- Opción de recompra en 2 o 3 años si mejora tu situación.
- Sin comisiones inmobiliarias ni gastos de comercialización.
- Máxima discreción en todo el proceso.
- Pago al contado el mismo día de la firma.
- Operación completamente legal y ante notario, con plena seguridad jurídica.
¿Quieres vender tu casa sin dejar de vivir en ella?
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¿Cómo calculamos el precio si te quedas de inquilino?

Valoración como activo de inversión
Como inversores profesionales con más de 20 años de experiencia en el sector, desde Compramos Tu Piso Ya valoramos el inmueble según la rentabilidad que genera el alquiler, no según el precio del mercado libre.
Así, nuestra valoración se basa en la expectativa de ingresos futuros procedentes del alquiler que pagarás como inquilino, calculando el valor de dichas rentas y sumándolo al valor del inmueble.
Fórmula de cálculo transparente
En este sentido, aplicamos una fórmula de cálculo sencilla y transparente que te permitirá entender cómo se determina el precio final, sin cláusulas ocultas. Dicha fórmula es la siguiente:
Asimismo, la oferta depende directamente de tres factores:
Renta mensual que puedas pagar
Cuanto mayor sea la renta mensual que puedas asumir cómodamente, mayor será el precio que podremos ofrecerte por tu vivienda. Veámoslo de forma práctica con dos ejemplos.
Ejemplo A – Renta alta:
- Renta mensual: 900€
- Renta anual bruta: 10.800€
- Gastos (IBI, comunidad, seguros): 1.500€
- Renta anual neta: 9.300€
- Rentabilidad objetivo: 7,5%
- Precio de compra: 124.000€
Ejemplo B – Renta moderada:
- Renta mensual: 600€
- Renta anual bruta: 7.200€
- Gastos (IBI, comunidad, seguros): 1.200€
- Renta anual neta: 6.000€
- Rentabilidad objetivo: 7,5%
- Precio de compra: 80.000€
Gastos anuales del inmueble
Para calcular la rentabilidad neta real, descontamos de la renta anual bruta los gastos recurrentes asociados al inmueble, como el IBI, las cuotas de la comunidad de propietarios, los seguros y las derramas extraordinarias. Así, podemos obtener una estimación más precisa del beneficio económico que generará la inversión.
Estado y ubicación de la vivienda
Las viviendas en buen estado y situadas en zonas con alta demanda reciben mejores valoraciones, mientras que aquellos inmuebles que requieren reformas importantes o se encuentran en áreas menos demandadas sufren ajustes a la baja en el precio final.

La clave: equilibrio entre tu capacidad y nuestro retorno
Como inversores profesionales, buscamos un punto de equilibrio en el que:
- Tú pagas una renta asumible que no comprometa tu economía.
- Nosotros obtenemos una rentabilidad de entre un 7% y un 8% anual sobre la inversión.
- Ambos ganamos: tú, liquidez y permanencia; nosotros, un activo rentable.
Este método se perfila como una de las mejores formas de vender tu casa y seguir viviendo en ella, dado que no hay trampa ni letra pequeña. Todo se calcula de forma transparente y queda reflejado por escrito en la preoferta vinculante, ofreciéndote las mayores garantías jurídicas.
El proceso completo para vender tu piso y seguir viviendo en él
Paso 1: contacto inicial (5 minutos)
Para vender tu casa y seguir viviendo en ella, lo primero que tienes que hacer es llamarnos por teléfono (932 42 69 70) o rellenar el formulario de nuestra página web y proporcionarnos la siguiente información:
- Dirección exacta o referencia catastral.
- Fotografías básicas del estado actual de la vivienda (cocina, baños, salón y dormitorios).
- Renta orientativa que podrías pagar mensualmente.
- Situación personal, especificando edad, motivo de la venta y plazo deseado de permanencia en la vivienda.
Paso 2: valoración telemática en 24 horas
Una vez recibida la información, nuestro equipo iniciará la valoración online, evaluando aspectos como:
- Valor de mercado del inmueble.
- Renta propuesta y viabilidad.
- Rentabilidad resultante de la inversión.
- Estado del inmueble según las fotografías.
- Cargas existentes, como hipotecas o embargos.
En menos de 24 horas, recibirás una preoferta orientativa clara que especificará el precio de compra que podemos ofrecerte, la renta mensual de alquiler acordada, la duración del contrato de arrendamiento propuesto y las condiciones generales de la operación.
Paso 3: preoferta vinculante por escrito
Si la propuesta inicial te interesa, formalizaremos una preoferta vinculante detallada que incluirá:
- Precio de compra exacto de tu vivienda.
- Renta mensual que pagarás como inquilino.
- Duración del contrato de alquiler, que suele ser de entre 5 y 7 años.
- Opción de recompra si se pacta, especificando precio y plazo.
- Reparto de gastos, detallando quién paga el IBI, la cuota de la comunidad o los suministros.
- Condiciones suspensivas, como nota simple o revisión fiscal y urbanística.
Gracias a este documento, sabrás exactamente cuánto vas a cobrar al vender la casa y seguir viviendo en ella, además de tener claras las condiciones antes de comprometerte.
Paso 4: visita técnica única
El siguiente paso será concertar una visita técnica única presencial, con una duración de entre 30 y 45 minutos, para:
- Verificar el estado real de la vivienda.
- Confirmar las características y datos
- Resolver todas tus dudas sobre el proceso.
- Explicarte tus derechos y obligaciones como inquilino.
- Ajustar la oferta si es necesario, en función de lo observado.
Esta es la única visita que haremos a tu domicilio, evitando molestias y asegurando la mayor discreción en el proceso. Nadie excepto nosotros verá tu casa, no colocaremos carteles y anuncios ni llamaremos la atención de los vecinos.
Paso 5: preparación de la documentación
A continuación, te ayudaremos a reunir los documentos necesarios para la doble operación, como son:
Documentación de la compraventa
- DNI o NIE vigente.
- Escritura de propiedad.
- Nota simple registral actualizada.
- Certificado de Eficiencia Energética.
- Cédula de Habitabilidad, según la comunidad autónoma.
- Recibo del IBI.
- Certificado de estar al corriente de pagos con la comunidad.
Documentación si existe hipoteca
- Certificado de deuda pendiente del banco.
- Escritura de la hipoteca.
Documentación para el contrato de alquiler
- DNI o NIE.
- Documentación de ingresos, como cualquier nómina o pensión, así como la última declaración de la renta.
- Datos bancarios para la domiciliación de la renta.
En caso de que no tengas alguno de estos documentos, te ayudaremos a obtenerlo para que el proceso de compraventa no se vea afectado.
Paso 6: firma doble en la notaría
Llegados a este punto, realizaremos una firma doble el mismo día ante notario. Para agilizar los plazos, no pedimos arras ni ningún tipo de señal.
Primera firma: compraventa
En primer lugar, se efectuará la firma de la escritura de compraventa del inmueble, llevando a cabo los siguientes pasos:
- Verificación de la identidad y análisis de la documentación aportada.
- Lectura de la escritura de compraventa.
- Liquidación de cargas, si existen, como hipotecas, embargos o cualquier otra deuda.
- Firma de la escritura pública ante notario.
- Transferencia OMF inmediata a tu cuenta con el importe neto.
Segunda firma: contrato de arrendamiento
Inmediatamente después, se firma el contrato de alquiler, realizando las siguientes operaciones:
- Lectura del contrato de arrendamiento.
- Firma de ambas partes ante notario. Esto es algo opcional pero muy recomendable.
- Entrega de llaves simbólica, dado que tú ya las tienes.
- Depósito de la fianza en el organismo oficial correspondiente.
Tras la doble firma, saldrás de la notaría con la venta efectuada y el dinero en tu cuenta, además de un contrato de alquiler firmado, las llaves de tu casa y la tranquilidad de seguir viviendo en tu hogar.
Paso 7: sigues viviendo como siempre
Por último, tras vender el piso y quedarte como inquilino podrás continuar viviendo en tu casa como siempre:
- No tienes que mudarte.
- Pagas la renta mensual acordada.
- Mantienes tus suministros y contratos.
- Conservas tu domicilio fiscal.
- Vives con normalidad como inquilino protegido por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
La única diferencia será que pagarás un alquiler en lugar de ser propietario, pero habrás obtenido la liquidez que necesitabas sin perder tu hogar.
El contrato de arrendamiento: tu seguridad jurídica

Duración: estabilidad a largo plazo
Si estás pensando en vender tu piso y seguir viviendo en él, es posible que te preguntes durante cuánto tiempo podrás quedarte. El contrato típico tiene una duración de entre 5 y 7 años, con opción de renovación.
Así, disfrutarás de la posibilidad de vivir de forma estable en tu hogar sin preocupaciones, con la renovación del contrato de alquiler prácticamente automática si se cumplen las condiciones. Además, cabe señalar que no podrás ser desahuciado mientras pagues la renta acordada, obteniendo la tranquilidad necesaria para planificar tu vida.
Modalidades según tu situación
En función de cuál sea tu situación personal, podemos valorar una de las siguientes opciones:
- Contrato temporal largo, de entre 5 y 7 años: es la opción más habitual, ideal si necesitas liquidez de forma rápida pero prevés cambios en unos años.
- Contrato de larga duración renovable: pensado para aquellos que quieren estabilidad indefinida pero sin un compromiso vitalicio. Este contrato de arrendamiento se renueva periódicamente mientras ambas partes cumplan lo acordado.
- Contrato vitalicio: en casos especiales, como personas mayores o jubilados que quieran una garantía de permanencia de por vida, se puede valorar un contrato vitalicio dependiendo de la edad y el perfil individual.


Cláusulas de protección para el inquilino
El contrato de alquiler incluirá cláusulas específicas para proteger tu permanencia, como son:
- Actualización limitada de la renta: el incremento anual del alquiler estará condicionado al IPC o a un porcentaje fijo pactado, evitando subidas sorpresivas.
- Derecho de permanencia: tu derecho a seguir residiendo en la vivienda está garantizado, impidiendo desalojos sin causa legal.
- Prioridad en la renovación: siempre que cumplas con tus obligaciones, tendrás preferencia para renovar el contrato en las condiciones acordadas.
- Protección ante la venta futura: en caso de que el inmueble se venda, el nuevo propietario estará obligado a respetar íntegramente tu contrato de arrendamiento y las condiciones pactadas.
Reparto de gastos: ¿quién paga qué al vender tu casa y quedarte en ella?
Gastos del propietario (nosotros)
Como nuevos propietarios, asumiremos los siguientes gastos relacionados con el inmueble:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
- Seguros del continente, que cubren la estructura del edificio.
- Derramas extraordinarias pactadas, correspondientes a obras mayores o mejoras aprobadas en la comunidad.
- Reparaciones estructurales necesarias, como en la fachada o el tejado.
- Seguro de hogar, según lo pactado en el contrato.
Gastos del inquilino (tú)
Por tu parte, como inquilino serás responsable de los siguientes gastos:
- Renta mensual acordada en el contrato de alquiler.
- Suministros básicos, como luz, agua, gas, internet y teléfono.
- Tasa de basuras, si no está incluida en los gastos de comunidad.
- Pequeñas reparaciones derivadas del uso ordinario, como el cambio de bombillas o la reparación de cerraduras.
- Cuotas de la comunidad de propietarios, si así se establece en el contrato, dado que en ocasiones este gasto corre a cargo del comprador.
Opción de recompra: recupera tu vivienda

Derecho a recomprar en 2 o 3 años
¿Sabías que también puedes vender el piso y seguir viviendo en él de forma temporal, para luego comprarlo en el futuro? Si prevés que tu situación económica mejore, podemos incluir una opción de recompra que te permitirá recuperar la propiedad de tu vivienda.
Esta cláusula te ofrece una mayor flexibilidad, dado que hace posible que mantengas tu estabilidad mientras gestionas tu liquidez. La opción de recompra suele establecerse para un plazo típico de 2 años, que puede ser ampliable a 3 años.
Precio de recompra fijado desde el primer día
El precio de recompra queda establecido en la escritura inicial, normalmente mediante una sencilla fórmula:
El porcentaje se calcula para cubrir nuestra inversión y gastos financieros, así como para asegurar una rentabilidad mínima de entre el 7% y el 8%.
De esta forma, sabrás por cuánto dinero podrás recomprar tu vivienda desde el primer día, sin sorpresas ni revisiones posteriores. Veamos un ejemplo práctico:
- Precio de venta: 100.000€
- Incremento anual: 5%
- Recompra en año 2: 110.250€
110.250 = 100.000 x 1,05²
¿Cómo ejercer la opción de recompra?
Si quieres ejercer tu derecho de recompra, puedes hacerlo fácilmente siguiendo estos pasos:
- Notifica por escrito tu intención dentro del plazo pactado.
- Reúne el capital necesario para la compra.
- Firma la nueva escritura ante notario.
- Paga el precio de recompra acordado.
- Recupera la propiedad y deja de pagar el alquiler.
Es importante señalar que el derecho de recompra es una opción, no una obligación. Si decides no ejercerlo, simplemente seguirás como inquilino tal y como estaba pactado.

Fiscalidad al vender el piso y quedarte de inquilino
IRPF: ganancia patrimonial
Al vender tu casa y seguir viviendo en ella como inquilino, la diferencia entre el precio al que la compraste y el importe por el que la has vendido tributará como ganancia o pérdida patrimonial a efectos del IRPF.
Cabe señalar que existen casos en los que dicha ganancia puede quedar exenta:
- Exención para mayores de 65 años: si tienes 65 años o más y vendes tu vivienda habitual, la ganancia patrimonial está exenta de tributación en el IRPF. Se trata de una ventaja fiscal importante para los jubilados.
- Reinversión en vivienda habitual: si eres menor de 65 años, también puedes aplicar la exención siempre que reinviertas el importe en otra vivienda habitual en el plazo de dos años. No obstante, debes saber que el alquiler posterior no cuenta como reinversión, por lo que esta exención no aplica en operaciones de Sale & Leaseback.
Plusvalía municipal
La plusvalía municipal, o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), grava el aumento del valor del suelo urbano desde su compra hasta su venta.
Es obligatorio pagarlo tras vender una vivienda y se calcula según la ordenanza de tu ayuntamiento, considerando factores como el valor catastral del suelo, los años de tenencia de la propiedad y los coeficientes municipales.
En Compramos Tu Piso Ya coordinamos el trámite contigo y te ayudamos a solicitar la exención del impuesto si no ha habido una ganancia real.
Declaración de la Renta como inquilino
Una vez que seas inquilino no podrás deducir la renta de IRPF salvo régimen transitorio, ya que las deducciones por alquiler se eliminaron en 2015. Por lo demás, declararás tus ingresos normalmente, sin cambios respecto a cuando eras propietario.
Además, te proporcionaremos toda la documentación necesaria para tu declaración de la renta. No ofrecemos asesoría fiscal especializada, pero te orientaremos sobre los documentos que tienes que presentar.
Vende sin perder tu hogar
¿Necesitas liquidez pero no quieres dejar tu casa? ¿Quieres vender tu piso y seguir viviendo en él? En Compramos Tu Piso Ya tenemos la solución perfecta para ti: vende tu casa y sigue viviendo en ella gracias un contrato de alquiler seguro y flexible que te permite mantener tu hogar mientras obtienes el dinero que necesitas de forma rápida y sencilla.
Contacta ahora y recibe tu oferta en 24 horas
Llámanos o escríbenos a través del formulario de nuestra web.
Indícanos cuánto puedes pagar de alquiler mensualmente.
Envía la dirección o la referencia catastral del inmueble, así como unas fotografías básicas.
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Firma doble en la notaría en 7 días.
Cobra al contado y firma tu contrato de alquiler.
Sigue viviendo en tu hogar como siempre.
Garantías que ofrecemos
En Compramos Tu Piso Ya nos ocupamos de todos los trámites y gestiones para efectuar la venta con las mayores garantías:

Vende hoy, sigue viviendo mañana
Vender tu vivienda no implica necesariamente tener que abandonarla. Gracias a Compramos Tu Piso Ya, puedes obtener liquidez inmediata al vender tu piso y, al mismo tiempo, firmar un contrato de alquiler que te permita seguir viviendo en él sin cambios ni molestias.
Te ofrecemos la solución más rápida, segura y discreta del mercado, transformando tu patrimonio inmobiliario en dinero efectivo con la tranquilidad de seguir disfrutando de tu casa como siempre. Todo ante notario, con seguridad jurídica plena y pago al contado inmediato.
Vender tu casa y seguir viviendo en ella es posible. Apuesta por Compramos Tu Piso Ya para gestionar todo el proceso con profesionalidad y transparencia, garantizando la mejor asistencia en cada paso.
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Preguntas frecuentes al vender tu piso y seguir viviendo en él
Sí, siempre que cumplas con el pago de la renta y las condiciones acordadas en el contrato. El contrato de alquiler típico tiene una duración de entre 5 y 7 años, que puede seguir renovándose si ambas partes están conformes. Además, en casos especiales, como con personas de edad avanzada, valoramos contratos vitalicios.
No, dado que debes tener en cuenta que somos inversores que compramos para alquilar, y por lo tanto la oferta dependerá de la renta mensual que puedas pagar y de nuestra rentabilidad objetivo, que se sitúa entre el 7% y el 8%. Por eso, el precio será inferior al del mercado libre, pero obtendrás liquidez inmediata sin perder tu hogar.
No necesariamente. A no ser que prefieras otra cosa, puedes mantener los suministros a tu nombre como hasta ahora, ya que en la práctica no va a cambiar nada y vas a seguir viviendo allí. Así, el proceso es más cómodo y se evitan trámites innecesarios.
Sí, si pactamos la opción de recompra en el contrato inicial. Con esta cláusula, podrás recomprar tu casa en un plazo típico de 2 años, ampliable a 3, con un precio fijado desde el primer día. Sin embargo, esto no supone ninguna obligación y puedes simplemente no ejercer tu derecho y seguir viviendo como inquilino.
Recibirás el dinero en tu cuenta el mismo día de la firma en la notaría, a través de una transferencia bancaria OMF inmediata. Así, podrás disponer de liquidez al momento, evitando trámites y esperas.
Para agilizar todo lo posible la venta no firmamos contrato de arras ni pedimos ninguna otra señal. Realizaremos una única visita técnica discreta, de manera que no tendrás que exponerte a visitas constantes de desconocidos. Tampoco colocamos carteles comerciales ni subimos anuncios a Internet, dado que todo el proceso se realiza con la máxima discreción.
Una vez efectuada la firma, nosotros, como propietarios, nos haremos cargo del IBI, los seguros del continente y las derramas extraordinarias pactadas. Tú, como inquilino, deberás pagar los suministros, pequeñas reparaciones derivadas del uso y, según se pacte en el contrato, la cuota de la comunidad.
En este caso, la oferta se ajustará proporcionalmente, de forma que cuanto menor sea la renta que puedas pagar, menor será el precio que podamos ofrecerte por la vivienda. No obstante, siempre buscamos el equilibrio entre tu capacidad y nuestra rentabilidad, potenciando la ganancia para ambas partes.
Sí, en Compramos Tu Piso Ya adquirimos pisos, casas, chalets, apartamentos y todo tipo de inmuebles en todas las provincias españolas. Trabajamos con notarías en múltiples ciudades para facilitar el proceso, pero también operamos en núcleos rurales.
Sí, vender tu casa y seguir viviendo en ella teniendo la hipoteca pendiente es algo muy habitual. Lo que haremos será cancelar la hipoteca en la firma ante notario, deduciendo el importe del precio de venta. Así, recibirás el importe neto –el precio acordado menos la deuda hipotecaria– y a continuación firmarás el contrato de alquiler.
Se trata de una operación completamente legal. Consiste en una compraventa seguida de un arrendamiento, ambas operaciones firmadas ante notario y con inscripción registral. De hecho, miles de personas en España han vendido sus viviendas y se han quedado como inquilinos.
Siempre intentamos llegar a acuerdos y ofrecer periodos de gracia o planes de pago para adaptarnos todo lo posible a tus circunstancias. Sin embargo, si los impagos se prolongan sin llegar a ningún acuerdo, se aplicarían los procedimientos legales habituales en estos casos.
Tras vender la casa y seguir viviendo en ella, puedes hacer pequeñas modificaciones como pintar o cambiar muebles. No obstante, las obras importantes requieren la autorización previa del propietario, como en cualquier alquiler normal. Todo ello lo pactaremos en el contrato para que no queden dudas.
Dependerá de las cláusulas específicas del contrato. Si quieres que tus herederos sigan viviendo de alquiler después de tu fallecimiento, podemos incluir la subrogación de familiares convivientes en el pacto inicial, especialmente si se trata de un contrato vitalicio.
Nadie tiene por qué enterarse de la venta, ya que tú seguirás viviendo allí como siempre. La operación es discreta, sin carteles ni visitas, y lo único que cambia es la titularidad legal.

